Derecho a la libertad de trabajo, profesión, industria o comercio







Las personas tienen derecho a dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá limitarse por determinación de autoridad competente y dentro de los términos que marque la ley.

Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.




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