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Día de los pueblos indígenas.

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La mayor de las riquezas, es reconocer nuestro antecedentes y que es lo que nos pudieron dejar para nosotros aprovechar. Los pueblo indígenas se rigen bajo muchas culturas e ideas que han logrado sobresalir con muchas de las creencias que nos dejan: la unión de todas las partes, sin distinción para hacernos uno mismo. Hoy 9 de agosto, es el día mundial de los pueblos indígenas. Felicidades.

Día del maestro en educación especial

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La labor para todo alumno, es tener alguien que lo guie pero aun mejor, un alumno que depende en automático del docente. Educación especial algo mas que formar, sino hacerse querer y valorar por uno mismo; enfrentar todas las adversidades sin tener que lastimar a otros. Cumplir metas propias y sobresalir. Feliz día.

Día internacional de los océanos.

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Limpiemos nuestros océanos Celebramos el Día Mundial de los Océanos para recordar a todo el mundo el gran papel que los océanos juegan en nuestras vidas. Son los pulmones de nuestro planeta, que generan la mayoría del oxígeno que respiramos. Asimismo, sirve para concienciar a la opinión pública sobre las consecuencias que la actividad humana tiene para los océanos y para poner en marcha un movimiento mundial ciudadano a favor de los océanos. Este día quiere movilizar y unir a la población mundial entorno al objetivo de la gestión sostenible de los océanos, que son una fuente importante de alimentos y medicinas y una parte esencial de la biosfera. En deninitiva, esta celebración es un buen motivo para celebrar juntos la belleza, la riqueza y el potencial de los océanos. Lo dice: Naciones Unidas_ http://www.un.org/es/events/oceansday/

Por decreto presidencial se crea en 1990 la Comisión Nacional de Derecho Humanos.

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Por decreto presidencial se crea en 1990 la Comisión Nacional de Derecho Humanos. Respetar los Derechos Humanos es promover el bienestar, la estabilidad y la armonía en la sociedad. Defender y respetar los Derechos Humanos nos corresponde a todos. link de visita al Instituto Mexicano de la Radio: https://www.imer.mx/6-de-junio-se-crea-la-primera-cndh/ 

La CNDH dice...

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¡HOY conmemoramos el Día Internacional para la  # Tolerancia ! Y su objetivo consiste en adoptar las medidas necesarias para fomentar la tolerancia en nuestras sociedades, en vista de que no es sólo un principio, sino es una necesidad para la paz  🕊 , así como para el progreso económico y social. https://www.facebook.com/CNDHmx/posts/1660285124040222

16 de Noviembre "Dia Internacional de la Tolerancia"

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Las Naciones Unidas comprometidas en fortalecer la tolerancia a través de la comprensión entre culturas y los pueblos, adoptaron una Declaración de Principios sobre la Tolerancia https://www.facebook.com/arely.almazan/videos/911842822297228/

NOVEDAD 19

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En los artículos transitorios, la reforma prevé la expedición de una serie de leyes que la irán complementando en el nivel legislativo. Así, ordena que se emita en el plazo máximo de un año a partir de su entrada en vigor, una ley sobre reparación de las violaciones de derechos humanos, una ley sobre asilo; una ley reglamentaria del artículo 29 en materia de suspensión de derechos; una ley reglamentaria del artículo 33 en materia de expulsión de extranjeros y nuevas leyes (tanto a nivel federal como local) de las comisiones de derechos humanos. Como puede verse, se trata de una reforma que (pese a que es breve en su contenido), abarca distintos temas y aspectos relativos a la concepción y la tutela de los derechos humanos en México. Llega en un momento especialmente delicado, cuando la situación de los derechos humanos en el país se ha degradado considerablemente en el contexto de una exacerbada violencia y de una actuación desbocada e ilegal de un sector de las fuerzas ar...

NOVEDAD 18

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Se faculta a la CNDH para realizar la investigación de violaciones graves de derechos humanos. El ejercicio de dicha facultad se puede dar cuando así lo considere la Comisión o cuando sea solicitado por el Presidente de la República, el gobernador de un Estado, cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión, las legislaturas locales o el jefe de gobierno del Distrito Federal.

NOVEDAD 17

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Se establece un mecanismo de consulta pública y transparente para la elección del titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y para los miembros del Consejo Consultivo de la propia Comisión.

NOVEDAD 16

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Las comisiones de derechos humanos podrán conocer, a partir de la reforma, de quejas en materia laboral. Solamente quedan dos materias en las cuales resultan incompetentes las comisiones de derechos humanos: los asuntos electorales y los jurisdiccionales.

NOVEDAD NÚMERO 15

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Se obliga a los servidores públicos que no acepten recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o de las respectivas comisiones estatales a fundar y motivar su negativa, así como a hacerla pública. Toda recomendación debe ser contestada, tanto si es aceptada como si es rechazada. En caso de que alguna autoridad rechace una recomendación, puede ser citada por el Senado o por la Comisión Permanente (si la recomendación proviene de la CNDH) o bien por la legislatura local (si la recomendación fue expedida por una comisión estatal).

NOVEDAD 14

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Se le quita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad contenida en el artículo 97 constitucional, la cual pasa a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Lo cierto es que había sido la propia Suprema Corte la que, con toda razón, había pedido que se le quitara este tipo de facultad, que en rigor no era jurisdiccional y que generaba muchos problemas dentro y fuera de la Corte.

NOVEDAD NÚMERO 13

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Se adiciona l fracción X del artículo 89 constitucional para efecto de incorporar como principios de la política exterior del Estado mexicano, la cual corresponde desarrollar al Presidente de la República, “el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos”. Esto implica que los derechos humanos se convierten en un eje rector de la diplomacia mexicana y que no se puede seguir siendo neutral frente a sus violaciones. Si se acreditan violaciones de derechos humanos, México debe sumarse a las condenas internacionales y aplicar las sanciones diplomáticas que correspondan según el ordenamiento jurídico aplicable.

NOVEDAD 12

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Tomando como base lo que señala la Convención Americana de Derechos Humanos, se modifica el tristemente célebre artículo 33 constitucional, para efecto de modular la facultad del Presidente de la República para hacer abandonar el territorio nacional a las personas extranjeras. Anteriormente esa facultad se ejercía de forma totalmente arbitraria, sin que se le diera ningún tipo de derecho de ser oído y vencido en juicio a la persona extranjera afectada. Con la reforma ya se señala que se debe respetar la “previa audiencia” y que la expulsión solamente procede en los términos que señale la ley, siempre que se siga el procedimiento que la misma ley establezca. También será una ley la que deberá determinar el lugar y el tiempo que puede durar la detención de un extranjero para efecto de su posible expulsión del territorio nacional.

NOVEDAD NUMERO 11

Se establece, en el artículo 18, que el respeto a los derechos humanos es una de las bases sobre las que se debe organizar el sistema penitenciario nacional, junto con el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte. Mediante este nuevo añadido al párrafo primero del artículo 18 constitucional la reforma del 10 de junio de 2011 subraya que en nuestras cárceles se deben respetar los derechos humanos y que no puede haber un régimen penitenciario compatible con la Constitución que permita la violación de tales derechos. La privación de la libertad de la que son objeto las personas que delinquen, no justifica en modo alguno que se violen sus derechos humanos, ni por acción ni por omisión de las autoridades. ver mas en: https://www.youtube.com/watch?v=S5SrQeBDFC4

NOVEDAD DIEZ

Se otorga rango constitucional al asilo para toda persona que sea perseguida por motivos políticos y se reconoce de la misma forma el “derecho de refugio” para toda persona por razones de carácter humanitario. Esto amplía la solidaridad internacional que históricamente ha tenido México hacia las personas que sufren violaciones de derechos en sus países de origen, para quienes deben estar completamente abiertas las puertas el territorio nacional. Ver mas en:   https://www.youtube.com/watch?v=MaNYRdQ1fC0

NOVEDAD NUMERO 09

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Una de las finalidades de la educación que imparta el Estado mexicano deberá ser el respeto a los derechos humanos, de acuerdo con lo que a partir de la reforma señala el artículo 3 constitucional.

NOVEDAD NUMERO OCHO

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Queda prohibida la discriminación por causa de “preferencias sexuales”. Antes de la reforma, el texto constitucional se refería simplemente a la prohibición de discriminar por “preferencias”, lo que podía generar ciertas ambigüedades sobre el alcance de dicha prohibición. La reforma deja claramente señalado que son las preferencias sexuales las que no pueden ser tomadas en cuenta para efecto de dar un trato diferenciado a las personas o para negarles cualquier derecho.

NOVEDAD NUMERO SIETE

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El Estado mexicano, señala el artículo 1 constitucional a partir de la reforma, debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de derechos humanos.

SEXTA NOVEDAD

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Las obligaciones de las autoridades mexicanas en materia de derechos humanos deberán cumplirse a la luz de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos.